Jueves 10 de Marzo de 2022

BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE DE TODOS

Piden al Intendente por obras en el cementerio de Quiroga

El Bloque de Concejales del Frente de Todos elevó un Proyecto de Resolución, solicitando al intendente municipal Mariano Barroso, que a través de la Secretaría que corresponda, intime a la brevedad a la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Facundo Quiroga Limitada para que realice las obras de construcción de nichos en el cementerio de Facundo Quiroga, bajo apercibimiento de encontrarse incurso en falta grave.

La Ordenanza 2317/86, de fecha 19 de junio de 1986, establece los convenios para la construcción de nichos entre la Municipalidad de Nueve de Julio y la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Facundo Quiroga Limitada respectivamente.

La situación del cementerio de dicha localidad que es asiduamente concurrido por los deudos de
las personas sepultadas en el mismo se encuentra en total estado de abandono con malezas de gran tamaño y falta de nichos, esta situación de dolor que produce la visita al mismo es mayor cuando se ve el estado
deplorable del cementerio, con cajones apilados esperando su lugar de sepultura en un nicho.

La concesión de la obra mencionada se dispuso por Ordenanza 2317/86, para la construcción de nichos, en el Cementerio de Facundo Quiroga, la cual en su artículo 1º, inc. I dice: “La Cooperativa de Consumo de
Electricidad de Quiroga Limitada de Facundo Quiroga se compromete a tener permanentemente nichos en existencia y además tres (3) nichos en forma permanente para para los no socios”.

La adjudicada obra a la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Facundo Quiroga Limitada, mediante Ordenanza 2317/86, según informes en el expediente de referencia, deja claramente expresado el no cumplimiento de las obras comprometidas ni se realizó ningún tipo de mantenimiento en
los nichos existentes.

Ante esta realidad y frente al reclamo permanente de los vecinos, las concejalas y concejales del Frente de todos le solicitan al ejecutivo municipal se intime a la Cooperativa de Provisión de Obras y Servicios Públicos de Facundo Quiroga Limitada para que dé cumplimiento a la ordenanza mencionada en el término de 5 días, bajo apercibimiento de aplicar multas y/o rescindir el contrato (art. 37, Ley 6021).
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