Viernes 11 de Agosto de 2023

CAMPO

Le ganó un juicio al Estado y sentó un precedente inédito para el campo

Luego de un reclamo contra el municipio bonaerense de Carlos Casares por la falta de prestación de un servicio de mantenimiento de caminos, la productora Andrea Passerini logró que quede firme una decisión judicial que obliga a esa comuna a devolver lo cobrado por una tasa


(Por Mariana Reinke para diario La  Nación) .- Es ilegal, por ende inconstitucional. Así de contundente fue el fallo de la Cámara de San Martín, en segunda instancia, contra el municipio de Carlos Casares sobre el cobro de las tasas Vial y de Seguridad e Higiene. Tras siete años inagotables de una disputa por justicia por la falta de contraprestación de servicio, la tambera Andrea Passerini, parte actora del caso y dueña del establecimiento La Arboleda, dijo estar más que satisfecha: además de haber ganado el caso de manera particular, es el precedente que se genera a partir de esto.

“Esto es un precedente de p.. madre, porque el municipio no pudo documentar y demostrar que prestaba el servicio de mantenimiento de caminos”, contó a LA NACION la también dirigente gremial ligada a la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap).

Ya en el fallo de 1º Instancia, el juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, Pablo Germain, había dicho en las dos causas (una por la tasa vial y otro por la tasa de seguridad e higiene) que el municipio de Carlos Casares no prestó los servicios correspondientes a la tasa”, tanto en conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal como en seguridad e higiene, durante 2016, 2017 y 2018, por lo que “deviene ilegítima e inconstitucional la pretensión fiscal y/o pago del tributo por los períodos mencionados”. Tras la apelación de ambos fallos del municipio, la Cámara de Apelaciones de San Martín rechazó los recursos. Y finalmente, el municipio decidió no recurrir por vía extraordinaria a la Corte provincial, por lo que el fallo quedó firme.

a “batalla” de Passerini comenzó luego de las inundaciones de 2012 y 2013, donde, por la falta de respuestas del municipio para reparar los caminos rurales, con un grupo de productores juntaron dinero y ellos mismos contrataron una empresa que mejore un único camino para al menos poder entrar y salir de los campos. Era un trayecto de 42 kilómetros que iba de Ordoqui hasta la ruta 226. “Era para poder sacar la leche, que la gente que trabajaba en el campo y tenía alguna emergencia pudiera salir. Porque si no la única forma era en tractor o a caballo”, recordó la productora.

A pesar de la falta de prestación del servicio, en 2014 el municipio intimó a Passerini con una carta documento a abonar las tasas impagas de los años anteriores. “Fue ahí cuando dije basta. Hubo un corte emocional en mí que me decía que yo no podía seguir avalando estas cosas; debía ir más allá de protestar en redes sociales o sacando un comunicado. Me dije no me importa que esto me lleve 100 años y que lo cobre mi hijo pero tengo que hacer algo. Esto no puede pasar más por eso voy a la Justicia, cueste lo que cueste”, expresó.


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ESCUCHAREs ilegal, por ende inconstitucional. Así de contundente fue el fallo de la Cámara de San Martín, en segunda instancia, contra el municipio de Carlos Casares sobre el cobro de las tasas Vial y de Seguridad e Higiene. Tras siete años inagotables de una disputa por justicia por la falta de contraprestación de servicio, la tambera Andrea Passerini, parte actora del caso y dueña del establecimiento La Arboleda, dijo estar más que satisfecha: además de haber ganado el caso de manera particular, es el precedente que se genera a partir de esto.

“Esto es un precedente de p.. madre, porque el municipio no pudo documentar y demostrar que prestaba el servicio de mantenimiento de caminos”, contó a LA NACION la también dirigente gremial ligada a la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap).

Ya en el fallo de 1º Instancia, el juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, Pablo Germain, había dicho en las dos causas (una por la tasa vial y otro por la tasa de seguridad e higiene) que el municipio de Carlos Casares no prestó los servicios correspondientes a la tasa”, tanto en conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal como en seguridad e higiene, durante 2016, 2017 y 2018, por lo que “deviene ilegítima e inconstitucional la pretensión fiscal y/o pago del tributo por los períodos mencionados”. Tras la apelación de ambos fallos del municipio, la Cámara de Apelaciones de San Martín rechazó los recursos. Y finalmente, el municipio decidió no recurrir por vía extraordinaria a la Corte provincial, por lo que el fallo quedó firme.SIEMBRA DIRECTA: LA HORA DE NO RETROCEDER Y PENSAR EN LO QUE VIENELa “batalla” de Passerini comenzó luego de las inundaciones de 2012 y 2013, donde, por la falta de respuestas del municipio para reparar los caminos rurales, con un grupo de productores juntaron dinero y ellos mismos contrataron una empresa que mejore un único camino para al menos poder entrar y salir de los campos. Era un trayecto de 42 kilómetros que iba de Ordoqui hasta la ruta 226. “Era para poder sacar la leche, que la gente que trabajaba en el campo y tenía alguna emergencia pudiera salir. Porque si no la única forma era en tractor o a caballo”, recordó la productora.[El estado de los caminos rurales en Carlos Casares]
El estado de los caminos rurales en Carlos CasaresTwitter Andrea PasseriniA pesar de la falta de prestación del servicio, en 2014 el municipio intimó a Passerini con una carta documento a abonar las tasas impagas de los años anteriores. “Fue ahí cuando dije basta. Hubo un corte emocional en mí que me decía que yo no podía seguir avalando estas cosas; debía ir más allá de protestar en redes sociales o sacando un comunicado. Me dije no me importa que esto me lleve 100 años y que lo cobre mi hijo pero tengo que hacer algo. Esto no puede pasar más por eso voy a la Justicia, cueste lo que cueste”, expresó.EL NEGOCIO GANADERO YA ES MÁS ATRACTIVO TRAS LA SUBA DE PRECIOSAdemás de pagar las tasas vencidas y las vigentes (bajo protesto) y estar a derecho, comenzó a buscar antecedentes y pruebas para armar una demanda consistente. Pero la cosa no terminó ahí. Como si fuera poco, el distrito decidió comenzar a cobrar aparte una tasa de Higiene y Seguridad, “cosa que en la ruralidad no existe”.

Aun sabiendo que iba a ser mucho tiempo, dinero y energía, decidió ir hacia adelante. Con un abogado, Alejandro Iturbe, que comulgaba sus principios y que decidió acompañarla hasta las últimas consecuencias, presentó la demanda, reclamando la devolución de lo pagado por tasas de los años 2016, 2017 y 2018, “por no brindar la correspondiente contraprestación, más atrás no se podía legalmente”. Con la sentencia firme, le tienen que devolver todo lo abonado en esos periodos y ahora irá por el resto de los años abonados.


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ESCUCHAREs ilegal, por ende inconstitucional. Así de contundente fue el fallo de la Cámara de San Martín, en segunda instancia, contra el municipio de Carlos Casares sobre el cobro de las tasas Vial y de Seguridad e Higiene. Tras siete años inagotables de una disputa por justicia por la falta de contraprestación de servicio, la tambera Andrea Passerini, parte actora del caso y dueña del establecimiento La Arboleda, dijo estar más que satisfecha: además de haber ganado el caso de manera particular, es el precedente que se genera a partir de esto.

“Esto es un precedente de p.. madre, porque el municipio no pudo documentar y demostrar que prestaba el servicio de mantenimiento de caminos”, contó a LA NACION la también dirigente gremial ligada a la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap).

Ya en el fallo de 1º Instancia, el juez en lo Contencioso Administrativo N°1 de Trenque Lauquen, Pablo Germain, había dicho en las dos causas (una por la tasa vial y otro por la tasa de seguridad e higiene) que el municipio de Carlos Casares no prestó los servicios correspondientes a la tasa”, tanto en conservación, reparación y mejorado de la red vial municipal como en seguridad e higiene, durante 2016, 2017 y 2018, por lo que “deviene ilegítima e inconstitucional la pretensión fiscal y/o pago del tributo por los períodos mencionados”. Tras la apelación de ambos fallos del municipio, la Cámara de Apelaciones de San Martín rechazó los recursos. Y finalmente, el municipio decidió no recurrir por vía extraordinaria a la Corte provincial, por lo que el fallo quedó firme.SIEMBRA DIRECTA: LA HORA DE NO RETROCEDER Y PENSAR EN LO QUE VIENELa “batalla” de Passerini comenzó luego de las inundaciones de 2012 y 2013, donde, por la falta de respuestas del municipio para reparar los caminos rurales, con un grupo de productores juntaron dinero y ellos mismos contrataron una empresa que mejore un único camino para al menos poder entrar y salir de los campos. Era un trayecto de 42 kilómetros que iba de Ordoqui hasta la ruta 226. “Era para poder sacar la leche, que la gente que trabajaba en el campo y tenía alguna emergencia pudiera salir. Porque si no la única forma era en tractor o a caballo”, recordó la productora.[El estado de los caminos rurales en Carlos Casares]
El estado de los caminos rurales en Carlos CasaresTwitter Andrea PasseriniA pesar de la falta de prestación del servicio, en 2014 el municipio intimó a Passerini con una carta documento a abonar las tasas impagas de los años anteriores. “Fue ahí cuando dije basta. Hubo un corte emocional en mí que me decía que yo no podía seguir avalando estas cosas; debía ir más allá de protestar en redes sociales o sacando un comunicado. Me dije no me importa que esto me lleve 100 años y que lo cobre mi hijo pero tengo que hacer algo. Esto no puede pasar más por eso voy a la Justicia, cueste lo que cueste”, expresó.EL NEGOCIO GANADERO YA ES MÁS ATRACTIVO TRAS LA SUBA DE PRECIOSAdemás de pagar las tasas vencidas y las vigentes (bajo protesto) y estar a derecho, comenzó a buscar antecedentes y pruebas para armar una demanda consistente. Pero la cosa no terminó ahí. Como si fuera poco, el distrito decidió comenzar a cobrar aparte una tasa de Higiene y Seguridad, “cosa que en la ruralidad no existe”.

Aun sabiendo que iba a ser mucho tiempo, dinero y energía, decidió ir hacia adelante. Con un abogado, Alejandro Iturbe, que comulgaba sus principios y que decidió acompañarla hasta las últimas consecuencias, presentó la demanda, reclamando la devolución de lo pagado por tasas de los años 2016, 2017 y 2018, “por no brindar la correspondiente contraprestación, más atrás no se podía legalmente”. Con la sentencia firme, le tienen que devolver todo lo abonado en esos periodos y ahora irá por el resto de los años abonados.

Las repercusiones del caso no tardaron en llegar. Entre otros se expresó el presidente de la Sociedad Rural de Carlos Casares, Mario Reymundo, que opinó: “Esto es un reclamo que viene de muchos años. Cada vez que podíamos reclamábamos pero a los funcionarios de turno no les preocupaba porque total, si se iba a juicio y con los tiempos de la Justicia, seguramente le iba a caer a otro político el problema. Se lo decíamos nosotros y ahora se lo dijo la Justicia. Esto sirve como antecedente, de poner blanco sobre negro lo que venimos reclamando hace una eternidad, es un precedente que quedó para siempre”.

Para Horacio Salaverri, presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap), “fallos como este son muy necesarios para interpretar correctamente la teoría tributaria que separa con claridad lo que es una tasa tributiva de servicios y un impuesto”.

“Los intendentes deben brindar el servicio por esa tasa cobrada. Más aun pretender cobrar una tasa de Seguridad e Higiene que es totalmente impracticable en el ámbito rural porque no existe ninguna prestación de servicio. Es un avance muy interesante que nos anima mucho a las entidades y a los productores a seguir trabajando en ese sentido”, finalizó.

LA NACION se comunicó con el área de secretaría del intendente Daniel Stadnik, para saber su opinión al respecto, pero aun no obtuvo respuesta.M
 
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