Viernes 10 de Febrero de 2017

TASA DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA

Excepciones para quienes protejan el Arbolado Público

Además será necesario estar al día con el pago de la Tasa de Seguridad e Higiene.

La Municipalidad de Nueve de Julio recuerda que, tras la correspondiente aprobación por parte del H. Concejo Deliberante, han surgido importantes modificaciones respecto del cobro de la Tasa de Publicidad y Propaganda que abonaban todos los comercios e industrias de la ciudad y el distrito queda exceptuada de tal instancia si se cuenta con el pago de la Tasa de Seguridad e Higiene al día, en tanto que también deberá cumplirse la Ordenanza de Protección del Arbolado Público, registrada bajo el número 2.680 y que data del año 1.989.

Esta última disposición, cabe recordar, apunta a recuperar el arbolado público de la ciudad, fundamentalmente en el radio céntrico, donde muchas especies han desaparecido y resulta necesario recuperarlas no solamente para el cuidado del medioambiente, sino también para ganar en mayor oxigenación y sombra.

De esta manera, los comercios e industrias, deberán efectuar la colocación de árboles de más de dos metros de longitud en los espacios faltantes –con una separación de 5 a 7 metros, y de acuerdo a las normativas establecidas en la referida Ordenanza-, recomendándose las especies de fresnos (americano, rojo o dorado), catalpas, arces burgerianos y lapachos, que cumplen con los fines propuestos.
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