Viernes 27 de Junio de 2014
Luego de que en nuestra anterior edición se informara acerca de la intención del Bloque de Concejales de Pro de llevar adelante una audiencia pública para definir aspectos del futuro del autódromo municipal de nuestra ciudad, se conoció ayer el texto del Proyecto de Decreto.
Luego de que en nuestra anterior edición se informara acerca de la intención del Bloque de Concejales de Pro de llevar adelante una audiencia pública para definir aspectos del futuro del autódromo municipal de nuestra ciudad, se conoció ayer el texto del Proyecto de Decreto, que expresa textualmente:
VISTO:
Que la ordenanza 4507 adhiere a la ley provincial Nº 13569 que regula el procedimiento de Audiencia Pública.
CONSIDERANDO:
Que el Autódromo Municipal está en concesión desde hace 10 años, y dicha concesión tiene vencimiento el 31 de agosto del 2014.
Que es imprescindible para poder tomar una determinación acerca de la nueva concesión o no, escuchar a todas las partes interesadas, como así también a la sociedad en general.
Que si bien se han realizado reuniones con todos los sectores interesados, sería oportuno escucharlos en conjunto.
Que el autódromo es uno de los patrimonios más importantes y a través del cual nuestro partido es reconocido a lo largo y a lo ancho de nuestro país.
Que la importancia del tema bien vale la realización de una Audiencia Pública abierta a toda la comunidad.
Por todo lo expuesto este H.C.D en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Art. 1: Convocatoria: Convóquese a Audiencia Pública para el día viernes 01 de agosto de 2014 a las 20 horas, con el objeto de generar el espacio institucional en el recinto del HCD para que todos aquellos que se vean afectados o tengan un interés particular expresen su opinión respecto a la situación del Autódromo Municipal.
Art. 2: Normas de funcionamiento: La audiencia pública es de asistencia libre, los interesados en hacer uso de la palabra deberán inscribirse con al menos cinco (5) días de antelación a la fecha de la audiencia, dejando constancia de sus datos personales y en caso de ser necesario la institución a que pertenecen. Quienes deseen formular preguntas en la Audiencia deberán hacerlo por escrito con la previa autorización del presidente. El reglamento del HCD a modo supletorio servirá para regular los pedidos de palabras, la duración de estos, y demás cuestiones atinentes al debate.
Art. 3: Efectos: Las opiniones vertidas en la Audiencia tendrán carácter meramente consultivo, y en ningún modo serán vinculantes. Quedando el HCD comprometido a fundar su decisión final sobre el tema con las opiniones vertidas en la Audiencia.
Art. 4: Votaciones: Queda expresamente prohibido realizar cualquier tipo de votación.-
Art. 5: Acta: Todo lo actuado en la Audiencia será transcripto en un acta que se levantará al efecto, en la cual podrán adjuntarse informes escritos u observaciones tanto por los concejales como por los particulares, con la autorización del presidente previa para estos últimos.
Art. 6: Publicidad: Publíquese en medios periodísticos durante 3 días, y a partir del martes 01 de julio de 2014 la convocatoria a toda la sociedad a la Audiencia Pública.
La convocatoria deberá consignar:
a. Autoridad convocante.
b. Una relación de su objeto.
c. Día lugar y hora de celebración de la audiencia.
d. Lugar donde podrán inscribirse los participantes y los oradores, presentar la documentación y efectuar las consultas pertinentes.
e. Plazo para la inscripción de los participantes.
f. Autoridades de la Audiencia Pública.
Art. 7: Presidencia: La audiencia será presidida por el Presidente del HCD quien dará cumplimiento a toda la parte organizativa de la presente ordenanza, como así también deberá previo al inicio de la audiencia dar a conocer las reglas de procedimiento que regirán la misma.
Paolo Barbieri - Mariano Barroso - Valeria Sendoya