Miércoles 15 de Abril de 2015

Todas somos Sandra

Publicación pedida por Dra. María Celina Urtazún.

A cuatro años del femicidio de Sandra Villalba, mi conmoción e impotencia siguen vigente. No me resigno al tema porque la muerte de Sandra se podría haber evitado, como tantos casos de violencia de género que atraviesa nuestra comunidad.

La muerte de Sandra fue un femicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer, término que fue incorporado por primera vez por la norteamericana Diana Russell en 1976 y luego fue muy trabajado por Marcela Lagarde, Rita Segato, entre otras .

Nuestro código Penal lo recepta a partir de la modificación introducida el 14 de noviembre del 2012, la Cámara de Diputados sancionó la ley 26.791. Tras dicha reforma se incorporó el femicidio en el cuerpo normativo, como figura agravada del delito de homicidio simple.

La reforma introdujo la modificación y ampliación del inciso 1º del artículo 80 del Código Penal que prevé una pena de reclusión o prisión perpetua, para quien matare a su “ascendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no violencia”. Con respecto al inciso 4º del mismo artículo, se incorporó la motivación por odio “de género, o a la orientación sexual, identidad de género o a su expresión”.

También se agregaron los incisos 11º y 12º al articulo 80. El primero de ellos define concretamente la figura del femicidio que consiste en el crimen de una mujer como consecuencia de la violencia de género.

Las penas previstas para este tipo de delito es la de reclusión o prisión perpetua para quien matare a “una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Por su parte, también se contempla la misma pena para la situación planteada en el nuevo inciso 12º que prevé el caso del que matare a otro “con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1º”.

Por último, con la reforma del artículo 80 in fine, se elimina la posibilidad de que se evalúe la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena “a quien en una ocasión anterior hubiera realizado actos de violencia contra la mujer victima”.

Argentina es uno de los países de la región donde se ha avanzado mucho para lograr un marco legislativo adecuado en el campo de la violencia de género, pero debido a la falta de implementación y las dificultades de las mujeres a la hora de acceder a la justicia, esto no es suficiente para garantizar que niñas y mujeres no sean víctimas de violencia, es necesario acompañar con políticas públicas locales.

El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “Acceso a la justicia para mujeres víctimas de violencia en las Américas” expresa que a pesar de que “la Comisión reconoce los esfuerzos de los Estados por adoptar un marco jurídico y político que permita abordar la violencia contra las mujeres, aún persiste una enorme distancia entre la disponibilidad formal de ciertos recursos y su aplicabilidad efectiva.

Este informe también afirma que “existe una gran brecha entre la incidencia y la gravedad del problema y la calidad de la respuesta judicial ofrecida”.

La administración de la justicia está influenciada por los estereotipos de género y la discriminación y, en consecuencia, da lugar a medidas que protegen al agresor y victimizan a la mujer, permitiendo que los actos violentos queden impunes.

El caso de Sandra da cuenta de esta impunidad, que el femicida haya gozado de una libertad encubierta por un arresto domiciliario con salida laboral, beneficio que fue otorgado por la Cámara en Feria Judicial, da la pauta de la connivencia del sistema patriarcal y el Poder Judicial de Mercedes.
Impunidad que también nos debe interpelar como sujetos de esta sociedad nuevejuliense, comunidad que se resiste a tener un compromiso y participación activa en este tema, ¿cuál será el nivel de tolerancia? ¿Otro femicidio?.

Este viernes 17 de abril se conocerá el veredicto del juicio oral y público, la esperanza de la familia de no resignarse y que la respuesta sea una sentencia donde se apliquen las máximas de la ley que sea una sentencia ejemplificadora y de algún modo sea reparadora para la familia aunque el dolor sigue vigente.
Dolor que no se agotó con la vivencia del femicidio, se prolongó con la espera de este juicio a lo largo de estos cuatros años que transitaron en total soledad, sin ningún acompañamiento ni asistencia psicológica para su familia, acompañamiento que debía venir de la mano de los funcionarios públicos, que son los mismos que denunciaba hace cuatro años atrás en una nota pública que salió en diario local “Si matan a una, nos matan a todas” publicada el 17 de diciembre 2011, y que todo lo que allí expresaba hoy sigue vigente.

¿Cuánto más como sociedad nuevejuliense vamos a tolerar? Han pasado tres femicidios en esta gestión, han pasado cuatro años de aquella primera asamblea itinerante no más violencia, yo no me conformo con un tarro de pintura para un cartel.

Porque la Comisaria de la Mujer después de tanta lucha en soledad desde nuestra ONG y a tres años de aquella jornada “Violencia de género desde la comisaria de la Mujer: equipos de comisarías de Carlos Casares, Los Toldos y Pehuajó” sea una realidad concreta.

Porque de una vez por toda nos podamos sentar todos los actores en una mesa y podamos entre todos resolver la problemática de violencia de género para nuestra comunidad.

Porque el abordaje de la violencia de género trasciende la política partidaria, es una obligación plasmada en nuestra norma fundamental: Constitución Nacional.

Porque la comunidad cada día tome conciencia que éste es un problema que nos involucra a todos y a todas por igual.

TODAS SOMOS SANDRA!!

Contacto ONG: [email protected], Face: Espacios de mujeres por la Equidad de Género, como grupo y como pagina.

*María Celina Urtazun, integrante de la ONG Espacio de Mujeres por la Equidad de Género Nueve de Julio (EMENJ), abogada en ejercicio, Especializada en Género y Derechos Humanos, Fac. Cs. Jurídicas UNLP, Especializada en Educación, género y sexualidad, Fac. Humanidades y Cs. de la Educación UNLP, Doctorada en Ciencias Sociales UNLP, Maestrada Derecho Notarial, Registral e Inmobiliario Universidad Notarial, docente en ejercicio, egresada ISFD Nº 9 La Plata, investigadora Proyecto de Investigación 11/J/129, UNLP “Las violencias contra las mujeres: los discursos en juego y el acceso a la Justicia”, incio 1/1/12 hasta 31/12/15, Directora: Dra.Manuela Gonzales, integrante del Instituto de Cultura Jurídica de la Universidad Nacional de La Plata desde el año 2010, disertante en congresos y conferencias, extensionista en diversos proyectos de barrios periféricos de La Plata, el Conurbano y en la ciudad de 9 de Julio, capacitadora equipo de género CTA en ámbito de la provincia, Asesora Legislativa en género Cámara Diputados, integrante y activista en la Red de monitoreo de Políticas Públicas prevenir, sancionar violencia de género en el ámbito de la provincia de Bs.As., militante social y feminista.


Compartir:

Noticias Relacionadas

POR EL DR. CARLOS E. KENNY

La Congoja Argentina

PUBLICACION PEDIDA

El rij raje


Diario Tiempo 9 de Julio
© DIARIO TIEMPO DIGITAL - Diario matutino de la ciudad de 9 de Julio. Fundado el 1ero. de octubre de 1995 - 9 de Julio - Pcia. de Buenos Aires. Tel.: (02317) 430285 - Libertad 759.
Propietario: Juan Enrique Cambello S.R.L
Director: Juan Enrique Cambello
Dirección Nacional de Derecho de Autor: 64918281
Edición: 4281