Miércoles 3 de Junio de 2020

ALUMBRADO PUBLICO: LEY 11969 ART.72 TER

Carta de DEUCO al Intendente Mariano Barroso

En mi carácter de presidente de DEUCO, Defensa de Usuarios y Consumidores, entidad con Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores N°11, otorgado por la Secretaría de Comercio de la Nación, me dirijo a Usted al efecto de solicitar el pronto despacho del Expediente N° 406, presentado  el 26 de febrero de 2020, ante la Municipalidad que Usted dirige. En el mencionado expediente se peticiona que los fondos recaudados por aplicación de la Ley 11.969, artículo 72 ter, sean destinados a compensar partidas que afecten a los contribuyentes usuarios y que provengan de aquellos servicios que el Municipio presta en relación con el uso de energía eléctrica, tales como la Tasa por Alumbrado Público, lo que redundará en una baja del valor total de la tarifa eléctrica que hoy afronta el conjunto de los usuarios de dicho servicio en el partido de 9 de Julio.

La demora en el tratamiento del expediente mencionado, está causando perjuicios a los usuarios de energía eléctrica, en un contexto de grave situación económica para el conjunto de los ciudadanos, derivada de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid 19.

Aguardando una pronta respuesta, saludo a Usted muy atentamente.

Pedro Bussetti
Presidente de DEUCO
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