Jueves 31 de May de 2018

DEUCO INFORMA

Simplificar la baja de servicios

Hasta el 28 de julio tendrán las empresas que ofrecen servicios de Internet, televisión, telefonía fija y móvil de Argentina para adecuarse a la resolución 316/2018, que tiene como objetivo central simplificar y agilizar los trámites de baja para servicios de telecomunicaciones. Si bien hay otros rubros en la mira, primero regirá para este sector, que es líder en quejas de usuarios.

Las empresas “deberán tener a simple vista y en el primer acceso en link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado”, indica expresamente el artículo primero de la normativa publicada por la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, organismo de la Secretaría de Comercio del país.

La medida surge como respuesta a la cantidad de reclamos de los consumidores que encuentran difícil dar de baja los servicios que contrataron, tanto en la etapa de solicitud como en la posterior concreción de la cancelación. Entre los argumentos esgrimidos también se menciona el artículo 42 de la Constitución Nacional, en el que se establecen los derechos que tienen los usuarios de bienes y servicios en la relación de consumo.

Las firmas  que brinden atención telefónica o por cualquier medio informático a sus usuarios deberán establecer un horario de atención de consultas o reclamos que no puede ser inferior a los días y horarios en que operar comercialmente. Quedan exentas de esta obligación, aunque están invitadas a implementarla, las micro, pequeñas y medianas empresas.

Por otra parte, el proveedor de servicios deberá informar al consumidor el código de identificación de la baja dentro de las 24 horas a contar desde la solicitud de rescisión. Ante el incumplimiento de alguna de las medidas expresadas, las firmas son punibles de recibir alguna de estas sanciones: apercibimiento, multa económica, decomiso de mercadería y productos, clausura, suspensión o pérdida de la concesiones.
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