Sábado 31 de Agosto de 2013
El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Relaciones con la Comunidad, informa a todas las entidades de bien público que para permanecer activas en el Registro Municipal como tales, deben cumplimentar los requisitos según Ordenanza Municipal Nº 5162 , Artículo Nº 10.
El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Relaciones con la Comunidad, informa a todas las entidades de bien público que para permanecer activas en el Registro Municipal como tales, deben cumplimentar los requisitos según Ordenanza Municipal Nº 5162 , Artículo Nº 10.
Dichos requisitos son:
Convocatoria anual a Asamblea Gral. Ordinaria para:
- Aprobar Memoria y Balance de Ejercicio finalizado.
- Renovar la Comisión Directiva.
- Copia del Acta de Asamblea en la que se aprueba el Balance y se renueva la CD.
- Copia del Balance aprobado en Asamblea.
- Nómina de la última C.D. Con indicación de domicilio y teléfono de cada integrante.
- Listado de socios actualizados.
- Justificación del quorum: copia del registro de asistencia a asamblea, donde conste la nómina de socios asistentes y firmas de los mismos.
Se recuerda que para acceder a los beneficios que otorga dicha Ordenanza, las instituciones deben estar al día con estos registros.
De lo contrario, permanecerán desactivadas momentáneamente hasta no cumplimentar lo solicitado.