Viernes 8 de Diciembre de 2017
La Municipalidad de Nueve de Julio, a través de la Dirección General de Habilitaciones y Fiscalización, recuerda la plena vigencia de la Ordenanza 5744, del año 2016, que regula la realización de fiestas y/o eventos privados, la que tiene por objeto “regular las fiestas y/o eventos que se desarrollen en inmuebles de dominio privado, ya sean vivienda particular, quinta, casa de campo, finca, galpón o cualquier otro tipo similar, situado dentro del Partido de Nueve de Julio; que sean abiertas al público en general, concurran más de 100 personas, y se cobre un canon, entrada o retribución de cualquier tipo y en cualquier momento; y/o se comercialicen bebidas y/o comidas…”.