Sábado 17 de Junio de 2017

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

Presentó un informe aclaratorio el CDR de Desarrollo Social

El Centro de Referencia local del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, a través de su articuladora, Ana Inés Peruzzo, presentó ayer un pormenorizado informe sobre la situación de las pensiones no contributivas, y ante las distintas versiones dadas en los medios de comunicación.

El mismo señala textualmente:
“Aprovechando la amplia difusión de los medios de comunicación, queremos informar que:

- Toda inquietud y/o consulta debe ser dirigida a nuestra oficina, sito en calle Robbio 380 o telefónicamente al 422387. Este tipo de Pensiones NO corresponden a ANSES, sino al MDS Nación.

- En nuestra ciudad, durante el año en curso, estamos trabajando sobre 18 Pensiones No Contributivas que han sido suspendidas. Ello, NO IMPLICA LA BAJA NI LA QUITA DEL DERECHO. A las 18 personas que se han acercado, se les informó la documentación a presentar a fin de REHABILITAR el derecho. De esas situaciones, tres personas ya están cobrando sus haberes con normalidad y habiendo percibido el correspondiente retroactivo. Siete personas han presentado la documentación, fueron visitadas para evaluación socio-ambiental y se encuentran sus expedientes en Rehabilitaciones de la Comisión Nacional de Pensiones. Las restantes ocho personas, aún no han cumplimentado la documentación requerida.

- La Ley que rige las Pensiones mencionadas es la 18910 y tiene como Decreto el 432/97. Allí se establecen como requisitos para el otorgamiento, los siguientes:

- Tener una discapacidad total y permanente.

- No estar amparado (ni su cónyuge) por ningún beneficio no previsional o no contributivo.

- No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar.

- Ser argentino o naturalizado (con una residencia continuada de 5 años anteriores a la solicitud).

-  De ser extranjero tener una residencia mínima y continuada de 20 años anteriores a la solicitud.

- No encontrarse detenido a disposición de la justicia.

- Cabe destacar que estos requisitos de otorgamiento deben ser cumplidos EN SU TOTALIDAD inicialmente, pero también sostenerse durante la percepción del derecho. Es decir, que si deja de cumplir con alguno de ellos, la pensión es suspendida.

- Siempre que mencionamos suspensión, es porque la persona puede solicitar la rehabilitación. Esta rehabilitación dependerá la documentación a presentar, de cada caso en particular. Demora aproximadamente dos meses y de corresponder la rehabilitación, la persona cobrará el retroactivo de los meses no percibidos.

- Además, las personas que tengan Pensiones No Contributivas y hayan anteriormente intentado un Retiro Por Invalidez ante la ANSES y no hayan obtenido el porcentaje del 66% de incapacidad laboral establecido por su Junta Médica, verán suspendida su Pensión de este MDS ya que aquí el porcentaje mínimo establecido es del 76%. Incluso estas situaciones, también puede solicitar la rehabilitación documentando su situación de salud actual.
Solicitamos a las personas interesadas, tanto titulares de pensiones como agrupaciones, partidos políticos, instituciones y/u ONG de la comunidad que se acerquen a fin de evitar errores de información y comunicación.
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