Viernes 28 de Marzo de 2014
La entidad fue alcanzada por la Resolución AFIP Nº3572/13.
La AFIP, mediante Res. Gral. Nº 3.571/13 amplió el “Régimen Especial de Emisión y Almacenamiento Electrónico de Comprobantes Originales”, ampliando su alcance a los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural, provisión de agua potable y desagües cloacales, cualquiera fueren los destinatarios de dicha prestación.
Esta disposición será de aplicación para los comprobantes que se emitan a partir del día 1º de Abril de 2014, emitiéndose un comprobante llamado “Liquidación de Servicios Públicos”, en lugar de Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito.
Los comprobantes de “Liquidación de Servicios Públicos” serán de clase A y B según corresponda.
La CEyS deberá informar periódicamente a la AFIP, mediante la metodología implementada en la Resolución arriba mencionada, datos sobre todos los comprobantes que emita, incluyendo datos sensibles como son el nombre y DNI, LE, LC y/o CUIT, CUIL, CDI, domicilios, condición ante el IVA de propietarios del inmueble como así también del Titular del Servicio, Nomenclatura Catastral del inmueble donde se presta el servicio y los datos propios correspondientes a la facturación de cada servicio.