Lunes 6 de May de 2019
SOCIEDAD RURAL DE 9 DE JULIO
Recomendaciones ante la temporada de caza de liebre
No se puede hacer en horas nocturnas, sin perros, ni en caminos rurales. El cazador debe contar con permiso firmado por el propietario del campo y contar con licencia para portar armas
En la última semana Sociedad Rural de 9 de Julio dio a conocer que ante la autorización de caza deportiva de liebre y especies de pato, la entidad recordó, que los cazadores deben cumplir con ciertos requisitos necesarios para su práctica, y que si estas no se cumplen el productor pude dar aviso a la autoridad competente como es la Patrulla Rural llamando al 911.
Desde Sociedad Rural remarcaron que la caza no se puede hacer en horas nocturnas ni en caminos rurales, y tampoco pueden utilizar perros.
Por disposición del Ministerio de Agroindustria de Buenos Aires, este dispuso habilitar la temporada de caza deportiva menor de liebre europea, pato maicero y silbón de cara blanca y perdiz chica desde hoy 4 de mayo hasta el 4 de agosto.
La decisión de la Dirección de Flora y Fauna habilita la caza deportiva menor de hasta 10 liebres, 6 patos y 6 perdices por día y por cazador.
Las armas autorizadas para la práctica de la caza deportiva menor son escopeta de cañón liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munición calibre 22.
Para la práctica de la caza deportiva menor es necesario contar con los siguientes requisitos:
– Licencia de caza deportiva, documento que es personal e intransferible;
– Documento Nacional de Identidad;
– Autorización por parte de la autoridad correspondiente para la tenencia del arma que se utilice para la caza, y permiso escrito del propietario, ocupante o tenedor legítimo del campo en el que se practicará la caza, sus encargados o responsables.
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COMUNICADO DE SOCIEDAD RURAL DE 9 DE JULIO
DIRECCIÓN DE BROMATOLOGÍA