Martes 10 de Junio de 2014

Resolución del HCD

Centenario del Club Atlético 9 de Julio.

Declarando De Interés Legislativo Municipal los festejos por el 100º aniversario del Club Atlético 9 De Julio

VISTO:

Que el 10 de Junio del presente año el Club Atlético “9 de Julio” cumple 100° años de vida institucional, y,

Considerando:

Que es el primer Club fundado en 9 de Julio.-

Que según versiones, desde 1904 un grupo de jóvenes de nuestra ciudad, percusores de la fundación del club años más tarde, se reunían a jugar al fútbol en un terreno ubicado en Salta y Córdoba.

Que a comienzos del 1914, entre esos jóvenes, fue madurando la idea de reunirse orgánicamente a través de un club, convocando a una Asamblea constitutiva para el 10 de junio de ese año a las 20 hs en la Imprenta “El Liberal”, de José Schiaffino, ubicada en Vedia esquina Tucumán

Que los asistentes a esa primera asamblea, reconocidos como fundadores fueron: Carlos Ortiz Costa, Rogelio D. Pérez, Emilio L. Giovaninni, Miguel B. Navello, Raúl Benedetti, José María Buldain, Roberto González Figueroa, Francisco A. Benedetti, Julio P. Carquelli, Saúl Gornatti, Félix Platero, Carlos Esnoz, Rafael F. Prieto, Antonio Vita, Edgardo N. Millán, Arturo van der Herden, Hugo Contarini, Jacobo d’Elía, José Schiaffino, Bernardo García Cobo, Sixto Quinteros, Alfredo H. Comas, Jaime A. Bardez, Juan Logarzo, Cátulo Berni, Emilio Adobatto, Manuel H. Acosta, Liberato Domínguez, Alberto Hidalgo, Alfredo Izaguirre, Pedro R. Toledo y Ventura Vita.-

Que se integró una comisión provisoria, con Ortiz Costa, Giovaninni, Grunewald, Pérez, Navello y R. Benedetti, quienes tuvieron a su cargo la redacción de los estatutos y la convocatoria a nueva asamblea para dentro de una semana, en la que, mediante la votación de los presentes, quedaría formalmente constituida la primera comisión directiva quedando conformada: Carlos Ortiz Costa, presidente; Abel Orbea, vice; Roberto González Figueroa, secretario; Rogelio D. Pérez, tesorero; y vocales: Miguel B. Navello, Emilio Giovaninni, Ventura Vita, Cataldo Berni y Emilio Adobatto; revisores de cuentas: Jaime A. Bardes y Jacobo D’Elía.-   

Que la primera cancha de fútbol donde jugaron los equipos del recientemente fundado Club Atlético, fue armada en un terreno ubicado en calles Chacabuco y Catamarca y la segunda, en la denominada “quinta Beraza”, en Alsina y Mendoza.

Que el Club, con el aporte de Ramón N. Poratti, Florentino Valenzuela, Tomás Cosentino, Eduardo L. Fauzón, Fernando Teruel, Claudio Orbea y Ricardo Arzuaga, compró una manzana en Salta y Cnel. Lagos, donde construyó la cancha de fútbol, inaugurada el 9 de julio de 1919, adquiriendo años más tarde toda la cuadra enfrente, donde se instalaron las primeras canchas de tenis y de básquet de nuestra ciudad.-

Que actualmente el Club cuenta con 1600 socios y 15 disciplinas deportivas (fútbol, básquet, tenis, patín artístico, rugby, voley, golf, squasch, taekwondo, pelota a paleta, bochas, judo, hockey sobre césped, gimnasio c/aparatos, natación y fútbol 5).

Que su sede funciona en un predio de 4 has. frente al parque San Martín con salones de fiestas, biblioteca “Anastacio Prieto”, gimnasio cubierto para 3.000 personas, pileta de natación, 7 canchas de tenis, estadio de fútbol, cancha de rugby, 2 canchas de bochas, cancha de pelota paleta y dependencias varias.

Que cuenta con un anexo deportivo de 32 has. donde funcionan la cancha de golf de 9 hoyos, cancha de squash, salón de fiestas y se están construyendo dos canchas de hockey sobre césped.

Que el lema para el centenario es UN SIGLO FORMANDO DEPORTISTAS.

Que  los clubes son espacios donde los niños, jóvenes, adultos y mayores, se relacionan, se divierten, practican deportes,  ocupan su tiempo libre, se sociabilizan, etc.-

Por todo lo expuesto este Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN.

Artículo 1°.- Declarar de Interés Legislativo Municipal los Festejos por el 100º Aniversario del Club Atlético “9 de Julio”.

Artículo 2°.- Dispóngase la entrega de una copia de la presente y diploma a las autoridades de la Institución.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Nueve de Julio, a los veintitres días del mes de mayo de dos mil catorce


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