Jueves 10 de Agosto de 2023

​ Veda electoral: cuándo arranca, qué se puede hacer y qué no

Este domingo 13 de agosto, los argentinos se acercarán a las urnas para elegir a los candidatos definitivos de cada lista en el marco de las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), por lo que a 48 horas del inicio de los comicios arrancará la tradicional veda electoral.

Es preciso mencionar que, la veda electoral, se define como un período de “silencio electoral” en el que se espera que los electores hagan uso de la “jornada de reflexión”, debido a que comenzarán a regir ciertas prohibiciones sociales y políticas.

De esta manera, el incumplimiento de la veda electoral tiene sus respectivas sanciones, que pueden ir de una pena de cárcel de entre 15 días y seis meses, o incluso a dos años de prisión, como lo sería en el caso de que se organice un espectáculo masivo.


Veda electoral: ¿Cuándo comienza?

En este marco, se prevé que la veda electoral de las PASO 2023 comience este viernes 11 de agosto, 48 horas antes de que inicien los comicios, es decir, a las 8 horas y se extenderá hasta tres horas después de cerrado el tiempo de votación.

Por otro lado, según el código nacional electoral, siete días antes de los comicios comienza una prohibición sobre la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas, así como también la realización de todo acto de gobierno que pueda servir para favorecer a algún candidato.


Veda electoral: ¿Qué está prohibido?

Como parte de la veda electoral, el código establece una serie de limitaciones que contemplan la prohibición para la publicación de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales o referirse a sus datos, en ningún tipo de medio de comunicación dede siete días antes de la elección. Asimismo, quedan prohibidas las siguientes acciones.

Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.

Portación de armas.

Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.

Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado (día previo a la elección).

Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

Publicación y difusión de encuestas o sondeos.
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