Viernes 18 de Enero de 2019

Baldíos en abandono: aplicación de multas

La Municipalidad de Nueve de Julio advierte a vecinos que, de acuerdo a lo fijado en el artículo 63 de la Ordenanza 4547, “por la tenencia de baldíos en estado de abandono se intimará al propietario para que efectúe la limpieza”.

Asimismo, se establece que “en caso de no realizarla en el caso que se estipule, se procederá al cobro de una multa mínima de cuatro (4 módulos). Todo ello, sin perjuicio de efectuar la limpieza por parte de la Municipalidad, cobrando el importe que corresponde”.

Las tareas tienen que ver con desmalezamiento de inmuebles, eliminación de roedores, arácnidos, mosquitos y otras alimañas que generan un entorno contaminante para la salud pública de la población en general. En relación al procedimiento, cuando el personal del Municipio afectado para dichos trabajos llega a una propiedad privada que se encuentra en aparente estado de abandono intenta, en principio, identificar al responsable tributario del mismo y comprometerlo para que, de forma inmediata, efectúe la limpieza del lugar.

Autoridades del Municipio resaltan la importancia de que los vecinos mantengan limpios sus terrenos, sin cacharros y con el césped corto para, de esta manera, evitar la proliferación del dengue y, también, no contribuir a la aparición de roedores, como es el caso de las ratas y de los alacranes. Además, hacen hincapié en que los propietarios deben ser responsables y desmalezar sus terrenos.

Quienes deseen realizar alguna consulta o evacuar dudas sobre el tema en cuestión, pueden contactarse de lunes a viernes, de 7 a 13, con las oficinas de fiscalización ubicadas en el Palacio Municipal. Tel: 610000 interno 143 o por la web al siguiente link http://www.9julio.mun.gba.gov.ar/ en Reclamos y Sugerencias.


 
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