Sábado 23 de Junio de 2018
A TRAVÉS DE UN PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Unidad Ciudadana pide el reemplazo de cartelería vial en caminos rurales
El Bloque de Concejales de Unidad Ciudadana presentó ante la presidencia del H. Concejo Deliberante un Proyecto de Resolución que apunta a la recomposición de la señalización vial en caminos rurales del distrito.
EL PROYECTO
Visto:
El deterioro y el estado de abandono en el cual se encuentran los carteles indicadores de los caminos rurales que conducen a las localidades del interior del partido de Nueve de Julio; y
Considerando:
Que nuestro partido cuenta con más de doce (12) localidades con cientos de habitantes en ellas, que transitan diariamente, en muchísimos vehículos, de un lugar a otro; utilizando así, en la mayoría de los casos, los caminos rurales para llegar.
Que las localidades del partido de 9 de Julio cuentan con una población de: Dennehy (76 habitantes), 12 de Octubre (219), Dudignac (2.670), Facundo Quiroga (1.853), French (748), La Niña (531), Morea (347), Naón (497), Nueve de Julio (36.494), Patricios (745) y Villa General Fournier (566); de acuerdo al último Censo 2010 (INDEC).
Que es importante y necesario poseer un sistema de comunicación en los caminos rurales que permita a nuestra población llegar a sus respectivas localidades del interior del partido con señalizaciones de carteles que no se encuentren oxidados y desgastados producto del paso de los años que generan una ilegibilidad en los mismos.
Que la falta de modernización y descuido de los letreros rurales hicieron perder la reflectividad nocturna de los mismos, impidiendo así la visión de los conductores y por lo tanto provocarles que no puedan cumplir con el objetivo de su viaje.
Que producto de las características previamente enunciadas en el cual se encuentran las señalizaciones de los caminos rurales; originan una situación de fatiga y estrés en las personas, imposibilitando alcanzar los destinos de formar rápida, cómoda, económica y segura; u ocasionando la desorientación de los conductores y/o visitantes de otras localidades, lo cual priva a los mismos de conocer las atracciones que brinda el destino al cual quieren llegar.
Que producto de la inexistencia de los postes de Emergencia S.O.S en todos los caminos rurales y visto la gravedad que esto conlleva frente a una situación de emergencia, como la rotura de un vehículo y/o algún accidente, se considera necesario la instalación de los mismos.
Que es necesario revisar y normalizar la situación de la ausencia de señalizaciones como lo establece la Ley de Tránsito Nº 24.449. Las cuales se dividen en tres grandes grupos:
• Reglamentarias o prescriptivas: de prohibición, de restricción y de prioridad.
• Señales preventivas: de máximo peligro y físicas.
• Señales informativas: de nomenclatura urbana (destinos y distancias, características de la vía) y de información turística y de servicios.
Por todo lo expuesto, el bloque de Unidad Ciudadana proponen para su tratamiento y aprobación, el siguiente proyecto de
RESOLUCIÓN:
ARTICULO 1°. – El presente proyecto de Resolución tiene por objeto garantizar el ejercicio del derecho a la circulación en condiciones seguras con un sistema de comunicación en los caminos rurales que permita a nuestra población llegar a sus respectivas localidades del interior del partido con señalizaciones de carteles modernos y legibles en todo el partido de 9 de Julio.
ARTICULO 2°. – Modernice y reemplácese los carteles de señalización en todos los caminos rurales.
ARTICULO 3°. – De acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 los carteles deberán tener un tamaño, forma, color específico, sencillo, fácil de atender y con información útil para los conductores, peatones y ciclistas que transiten nuestros caminos rurales. Estarán situados de tal forma que se encuentren dentro del campo de visión y con la antelación suficiente para ser debidamente interpretadas y asimiladas.
ARTICULO 4°. – Colóquese los postes de S.O.S sobre los caminos rurales, a distancias no superiores a 15 km, para que cumplan la función de comunicación con los servicios de emergencias ante situaciones de accidentes y/o sucedo similares.
ARTICULO 5°. – De forma.
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