Miércoles 17 de Agosto de 2016

SE REALIZARÁN EL 25 DE SETIEMBRE

¿Quiénes pueden votar en la elección de delegados municipales?

A través del decreto Nro. 2175, de fecha 10 de agosto, el Intendente Municipal de Nueve de Julio, Cdor. Mariano Barroso, lanzó la convocatoria para la elección popular de Delegados Municipales de las distintas localidades del interior del partido, instancia que se habrá de concretar el día 25 de setiembre del corriente, entre las 8 y 18 hs., en escuelas o lugares habilitados para tal fin en cada una de las comunidades.

Cabe destacar que estas designaciones –por un lapso de dos años y prorrogables por igual plazo por única vez-, constituyen facultades privativas del titular del Departamento Ejecutivo, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), en sus artículos 108, inciso 9, 178 y 181 y abarcarán las delegaciones de las localidades de Dennehy, Patricios, French, La Niña, Carlos María Naón, Facundo Quiroga, 12 de Octubre, El Provincial – Norumbega, Dudignac – Santos Unzué y Morea.

REQUISITOS

Quienes presenten sus candidaturas deberán ser mayores de edad y no haber accedido al beneficio jubilatorio; ser argentino, nacido, naturalizado o por opción, estar habilitado como elector en la jurisdicción, acreditar un mínimo de 5 años de domicilio legal en la jurisdicción, lo cual se realizará a través de certificación de domicilio emitido por el Registro Provincial de las Personas y poseer movilidad propia.

INCOMPATIBILIDADES

Será incompatible con el cargo de delegado ejercer la función pública, como empleado o funcionario en cualquiera de sus niveles (municipal, provincial o nacional), quienes integren los Consejos de Administración de las Cooperativas Eléctricas y de Servicios de la las localidades y/o miembros de sociedades civiles y comerciales que posean contratos o relación comercial con la Municipalidad de 9 de Julio; entre otros aspectos comunes que hacen al desempeño en cargos públicos.

POSTULACIONES Y AVALES

Los ciudadanos que se postulen presentarán nota en tal sentido, constituyendo domicilio en el radio urbano de la ciudad de 9 de Julio, con el aval del 5% del padrón de la jurisdicción por la cual presenta la candidatura.

Las postulaciones deberán ser individuales, quedando prohibido el aval patrocinio o respaldo de partidos políticos y/o organizaciones civiles.

QUIENES PUEDEN VOTAR?

En cada jurisdicción podrán votar los electores registrados en la misma, según padrón confeccionado por la Junta Electoral para las elecciones llevadas a cabo el 22/11/2015. Asimismo, estarán habilitados los extranjeros en las mismas condiciones previstas en el Código nacional Electoral.
Independientemente del citado padrón, será condición necesaria para votar:

Hacerlo con el DNI actualizado

Que el mismo surja del elector que tiene domicilio en la jurisdicción donde pretende emitir el voto.

Para el hipotético caso de electores no contemplados en el padrón, será condición necesaria para votar:

Hacerlo con el DNI actualizado

Que del mismo surja que el elector tiene domicilio en jurisdicción donde pretende emitir el voto.

Quedan exceptuados los mayores de 75 años.

CRONOGRAMA ELECTORAL

16/08/16 al 19/08/16 Publicidad de los alcances del Decreto.-
22/08/16 al 26/08/16 Presentación de postulaciones y avales.-
29/08/16 al 31/08/16 Presentación de impugnaciones a postulaciones y avales.
02/09/16 Oficialización de candidaturas.-
05/09/16 al 09/09/16 Presentación Boletas ante J.E.
12/09/16 Oficialización Boletas.-
25/09/16 CONSULTA POPULAR / Escrutinio Provisorio.-
26/09/16 al 27/09/16 Presentación de impugnaciones.-
28/09/16 Resolución de Impugnaciones / Escrutinio Definitivo.-
29/09/16 Designación por decreto de los delegados.-
03/10/16 Puesta en funciones y jura de los Delegados.-

INFORMES

Los interesados en presentarse como candidatos podrán recabar mayores informes en la Oficina de la Dirección de Coordinación de Delegaciones (Palacio Municipal) Tel. 430580 interno 114.


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