Sábado 25 de Junio de 2016

CLUBES DE BARRIOS / ASOCIACIONES BARRIALES

Importantes consideraciones a tener en cuenta

La Dirección General de Relaciones con Comunidad de la Municipalidad de Nueve de Julio, a través de su Director, Dr. Juan Francisco Fortte, informa que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ), mediante disposición 18/2016 ha decidido  flexibilizar  -por  el presente año- los recaudos exigidos para la obtención del certificado de “vigencia” de las asociaciones civiles que se encuentren registradas en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires; todo ello, con el fin de que más entidades de este tipo y/o asociaciones barriales puedan acceder a los beneficios anunciados por el Presidente de la Nación Ing. Mauricio Macri junto a la Gobernadora, María Eugenia Vidal.

¿QUIÉNES PUEDEN TRAMITARLO?

Asociaciones con mora de hasta 10 años en la presentación de la documentación anual básica exigida por la DPPJ.

¿DÓNDE PUEDE SOLICITARSE?

En la oficina de la Dirección General de Relaciones con la Comunidad, ubicada en el Palacio Municipal (Libertad 934), se realiza el trámite ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. El certificado por trámite común se emitirá sin costo; y su tiempo de expedición será a partir de los 30 días de su solicitud.

BENEFICIOS

Con la obtención del presente certificado la asociación podrá acreditar su “vigencia” frente a diferentes organismos estatales; y con ello, solicitar beneficios y subsidios, según estime corresponder el organismo destinatario.

CONDICIONES DE EMISIÓN

- Asociaciones con deuda mayor a 3 años (y hasta 10 años): Se emitirá por única vez y con vencimiento al 31.12.16 y su destinario deberá ser consignado en la solicitud siendo exclusivamente un organismo estatal. El certificado implicará, a su vez, intimación fehaciente para la asociación que lo tramite a regularizar y/o normalizar su situación en el plazo determinado, bajo apercibimientos de ley. La petición deberá ser hecha por presidente o secretario de la institución, previa declaración jurada sobre dicha calidad.

- Asociaciones con deuda hasta tres años: Se les emitirá un nuevo certificado denominado de “vigencia y regularidad” el cual reemplazará al certificado de “vigencia” que hasta la entrada de la nueva disposición se emitía por parte de la DPPJ. El certificado se emitirá con destinario genérico, siendo su vencimiento mínimo de 6 meses y su máximo, según términos de la disposición.


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