Sábado 8 de Agosto de 2015
Las P.A.S.O. 2015 de mañana, domingo 9 de agosto son:
Elecciones Abiertas: a todos los electores de la Provincia mayores de 16 años, argentinos y residentes extranjeros.
Obligatorias: Para todos los electores bonaerenses y también para los residentes extranjeros, quienes votarán sólo categorías provinciales y municipales.
Simultáneas: todos los partidos políticos y alianzas eligen sus candidatos en este único acto eleccionario, que será conjunto con las elecciones primarias nacionales.
QUE SE ELIGE en la Provincia de Buenos Aires
A nivel Nacional: Presidente y vice, diputados nacionales
A nivel Provincial: Gobernador y vice, Senadores o Diputados provinciales (dependiendo de la Sección Electoral).
A nivel Municipal: Intendente, Concejales y Consejeros Escolares.
Únicamente los candidatos que resulten ganadores en las elecciones primarias podrán postularse en la elección general.
FECHA Y HORARIO DE VOTACIÓN
domingo 9 de agosto entre las 8 y las 18 horas.
DÓNDE VOTO
Ver aquí: http://www.padron.gov.ar/
QUÉ DEBO LLEVAR
Para poder ejercer tu derecho a voto deberás llevar tu Documento Nacional de Identidad más actualizado.
¿QUIÉNES VOTAN?
Todos los ciudadanos argentinos (nativos, por opción o naturalizados) a partir de los 16 años que estén incluidos en los padrones electorales y los residentes extranjeros mayores de 18 años correctamente empadronados.
La novedad para este año es que en la Provincia de Buenos Aires podrán votar los argentinos que cumplan 16 años hasta el 27 de octubre de 2013, siempre y cuando hayan realizado su trámite de actualización del DNI y figuren en los padrones electorales.
DOCUMENTOS HABILITANTES PARA VOTAR
– Documento Nacional de Identidad (DNI Libreta tapa verde o celeste).
– Libreta Cívica (LC).
– Libreta de Enrolamiento (LE).
– La novedad para estas elecciones es que ahora se podrá votar con el DNI formato tarjeta (inclusive los que dicen “NO VÁLIDO PARA VOTAR”).
CONSTANCIA DE EMISIÓN DEL VOTO
Ya no se sellará más el Documento, ahora se entregará una constancia de emisión del voto que contendrá impresos los siguientes datos: fecha y tipo de elección, nombre y apellidos completos, número de DNI del elector y nomenclatura de la mesa, la que será firmada por el presidente de mesa.
SANCIONES
Se han actualizado las multas (desde $50 a $500) para aquellos electores que no concurran a votar y no lo justifiquen dentro de los sesenta (60) días a contar desde la elección ante la autoridad electoral competente. A estos efectos la Cámara Nacional Electoral confeccionará un Registro de Infractores al deber de votar.