Viernes 22 de Febrero de 2013
La Dirección Municipal de Defensa Civil recuerda la vigencia de la Ordenanza registrada bajo el Nº 4452 dictada en el año 2006.
La Dirección Municipal de Defensa Civil recuerda la vigencia de la Ordenanza registrada bajo el Nº 4452 dictada en el año 2006 y la ampliación del Artículo 130º de la Ordenanza 3975/01 sobre quema de hojas y ramas.
Artículo 1º: Amplíase el Artículo 130º de la Ordenanza 3975/01, el cual quedará redactado con el siguiente texto como inciso I. Queda terminantemente prohibido la quema de hojas, ramas y/o cualquier otro elemento perecedero en cualquier punto de la Plata Urbana y Localidades del Partido de 9 de Julio.