Martes 8 de Abril de 2014

El FPV pide informe sobre el movimiento de tierra en la traza del ex Ferrocarril Belgrano

El pedido fue presentado por todo el bloque.

Visto: las tierras del Ferrocarril Nacional ubicadas sobre la Avenida Presidente Juan Domingo Perón entre las Avdas. Mitre y Urquiza; y calle Compairé entre Ruta Pcial. Nº 65 y Agustín Álvarez, y;

Considerando:

* Que el sector del FFCC Belgrano ramal La Trocha, el código de Gestión Urbano estipula que por tratarse de una referencia con valor histórico, cualquier modificación que se intente operar sobre el mismo, debe ser evaluada en una convocatoria a consulta pública.

* Que el terraplén se construyó con grandes volúmenes de tierra, a los efectos de levantar el nivel de las vías por sobre las vías del FFCC Sarmiento.

* Que en el año 2012, bajo el Expte 284/12 se aprobó por unanimidad del Concejo la Resolución Nº 052 de autoría del bloque UCR, adhiriendo a un proyecto de ley de relevante importancia pues apunta a la recuperación del sistema de transporte ferroviario que nunca debió dejar de ser controlado y administrado por el Estado.

* Que en dicho expte. se cuestiona la política de desmantelamiento aplicada metódicamente para atentar contra el desarrollo de nuestro país y en especial referencia al perjuicio de los nuevejulienses por el cierre del ex Ferrocarril Compañía General Buenos Aires, luego Belgrano.

* Que la política implementada por el departamento ejecutivo de retirar estas tierras atenta con el proyecto del Senador Morales y resulta contradictorio con la voluntad expresada por este Honorable cuerpo en una resolución unánime del año 2012.

* Que este cordón de tierras se constituyó en uno de los límites del crecimiento urbano.

* Que se ha transferido a la Municipalidad la tenencia y cuidado de estas tierras, a través de convenios firmado en diversos momentos con las autoridades de Ferrocarriles Argentinos.

*Que en dichos lugares se ha bajado el alteo sacando casi la totalidad de las tierras en una franja de 600 metros de largo que va desde la Avda. Mitre hasta la calle Avellaneda.

* Que el movimiento de tierras realizado equivale a unas 13.000 toneladas, para ello se requieren unos 2.200 viajes con camión municipal para trasladar la tierra, teniendo en cuenta que cada camión tiene una capacidad de 6 toneladas.

* Que el valor de mercado es de $500 la camionada de tierra, de manera que si lo multiplicamos por los 2.200 viajes daría un ingreso total de $1.100.000.

* Que el retiro de las tierras se ha realizado con camiones municipales y retroexcavadoras de la municipalidad de 9 de Julio en horarios matutinos y vespertinos.

* Que los destinos de esas tierras fueron a predios privados en diversos puntos de la ciudad utilizándose camiones y retroexcavadoras municipales, personal municipal con horas extras abonadas a tal fin, combustibles y demás gastos.

Por lo expuesto, este HCD en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente: Pedido de Informes

Este HCD se dirige al DE para que a la brevedad informe lo siguiente:

1. Si ha solicitado la autorización correspondiente a la Administración Nacional de las tierras del estado, cedidas en comodato al municipio, para alterar los términos del convenio al retirar las tierras.

2. A qué particulares les vendió tierras del terraplén y qué tasa se les cobró. En su caso enumere y adjunte al presente:

a) Copia de los recibos que demuestran el pago del acarreo y alquiler de las máquinas municipales

b) Nombres de los adquirientes privados de las tierras y alquiler de las máquinas correspondientes.

3. En el caso de que parte se haya utilizado para rellenos de caminos públicos enumere los mismos, destacando la dirección puntual, en cada caso detalle cantidad de metros cúbicos y camionadas y el personal municipal que trabajo.

4. Qué cantidad de horas extras se abonaron por este concepto, detalle nombres y apellidos de los agentes municipales que trabajaron en la carga, acarreo y venta de las tierras mencionadas.

5. Nombre del funcionario municipal encargado de realizar las autorizaciones del movimiento de las tierras y el responsable que organizaba la distribución y venta.

6. Si los funcionarios del área correspondiente tuvieron en cuenta lo ordenado por el Código de Gestión Urbana al tomar la determinación de retirar las tierras del lugar.

7. Cuál fue el destino de las tierras retiradas de la Avda. Compaire entre Ruta Provincial 65 y la Avda. Agustín Álvarez.

8. Cuál fue el destino de las tierras obtenidas de la limpieza de canales como el construido a la vera de la Ruta Provincial Nº65 hasta la bajada a la Localidad de La Niña.

9. Toda otra información de interés al respecto.

Bloque Concejales FPV


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