Martes 23 de Abril de 2024
LA CONTACTO POR INSTAGRAM, LA CHANTAJEO Y ABUSO SEXUALMENTE DE LA MUJER
Condenan a un vecino a siete años de prisión por chantaje y abuso sexual
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 del Departamento Judicial Mercedes, dio a conocer hace algunos días el veredicto del juicio contra Leonardo Gigena (28) por el delito de “Chantaje y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real entre sí”. El hecho ocurrió en agosto de 2021 en 9 de Julio.
Las partes habían solicitado la aplicación del juicio abreviado previsto por el Código Procesal Penal. Finalmente, el veredicto fue condenatorio y se le impuso la pena de siete años de prisión.
La imputación sostenida por el fiscal de la Unidad Fiscal de Juicio N° 1, Dr. Adrián Landini de “Chantaje y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real entre sí” fue legal y debidamente fundada, solicitando además se le imponga la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas.
Tanto el acusado como la defensa prestaron conformidad con ese requerimiento.
Para el juez Dr. Ignacio Racca se encuentra legal y debidamente acreditado que en agosto del 2021, la víctima conoció por “Instagram” a Gigena, por donde mantuvo varias conversaciones durante siete meses, llegando a conformar una relación.
Por la red, el imputado solicitó a la víctima que le envìe por Whatsapp varias fotografías y videos íntimos. Tras ello, Gigena comenzó a amenazarla con hacer públicas sus fotos y videos íntimos si no cumplía con los requerimientos económicos que le solicitaba. La víctima debió comprarle prendas de vestir, herramientas, una bicicleta y realizó varias transferencias bancarias de dinero.
Toda esta situación duró varios meses, hasta que el 8 de enero a la madrugada el imputado se presentó en la vivienda de la mujer, le pidió que lo acompañe y la llevó a una casa abandonada en la localidad 9 de Julio en donde abusó de ella. .
La mujer logró realizar la denuncia de lo que venía ocurriendo y tras los correspondientes pasos investigativos, Gigena fue detenido.
Ahora, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 resolvió que Gigena resulta autor penalmente responsable del delito de “Chantaje y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real entre sí” y lo condenó a la pena de siete años de prisión, accesorias legales y costas.
Para arribar a dicha resolución se basó en los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, en el marco del juicio abreviado.
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