Martes 23 de Febrero de 2016

DESDE EL 1º DE MARZO

Anunció el municipio que acentuará controles sobre deliveries

Se les solicitará documentación y el cumplimiento de determinados requisitos.

La Municipalidad de Nueve de Julio, a través de la Dirección General de Tránsito informó ayer mediante un comunicado de prensa que desde el 1ero. de marzo próximo, todos los comercios que ofrezcan a sus clientes el servicio de delivery, deberán presentar a la Dirección General de Tránsito una serie de documentación, en vigencia de la Ordenanza Nº 4945 del año 2010, que así lo establece; en tanto que también se disponen requisitos para las personas que estén afectadas a este servicio.

 

En cuanto a documentación, se solicitará:


1- Habilitación municipal del comercio y tipo de mercadería a transportar.


2- Listado del personal a cargo del reparto detallando nombre y apellido del repartidor o cadete.


3- Fotocopia del DNI y licencia de conducir de cada conductor.


4- Título de propiedad del vehículo a utilizar por el servicio. En caso de no ser propietario, consentimiento expreso del mismo.


5- Póliza de seguro del vehículo. Obligatoriamente deberán presentar seguro de responsabilidad civil.

 


REQUISITOS
Los repartidores o cadetes deberán llevar consigo en el traslado, la siguiente documentación y cumplir con los siguientes requisitos:


1- Ser mayor de 16 años.


2- Credencial habilitante y obleas identificatorias del vehículo.


3- Licencia de conducir y seguro del vehículo.


4- Chaleco de seguridad que deberá ser reflectivo, conteniendo un número de clave que será otorgado por la Dirección General de Tránsito.

5- Casco protector homologado para conductores de motovehículos, debidamente colocado.


6- Exhibir el nombre de la empresa o titular para la que trabajan.


7- Cumplir con todas las normas que prevé la normativa nacional, provincial y municipal vigente en materia de tránsito vehicular.


La Dirección General de Transito evaluará las aspectos técnicos de los vehículos a utilizar para aceptar la incorporación de los mismos al servicio.


Cabe destacar además que el plazo para regularizar esta normativa municipal será entre el primer día hábil del mes de marzo, hasta el último día hábil del mismo mes.


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