Martes 14 de Febrero de 2023
LIGA NUEVEJULIENSE DE FÚTBOL
Multas y quita de puntos para El Fortín y Quiroga tras los incidentes
Tras recibir los descargos de los clubes Atlético Quiroga y El Fortín, el Tribunal de Penas de la Liga Nuevejuliense resolvió dar por perdido el encuentro de Primera División A, por incidentes de los que participaron simpatizantes de ambas hinchadas (0-1 para ambos equipos).
El partido de la 12º fecha iba 1 a 1 y a los tres minutos del descuento debió suspenderse por falta de garantías.
EL FALLO DEL TRIBUNAL
EXPTE Nº 475 (continuación):
VISTOS:
Lo informado por el Árbitro del encuentro Sr. Moreno Martin el cual manifiesta:”… a los tres minutos de juego detengo el encuentro ya que parte de la hinchada visitante se encontraba trepada a la valla perimetral, por lo cual informo al encargado del operativo y este rápidamente se acerca al lugar y junto a los jugadores del club visitante logran que se bajen…”, “…a los 94 minutos de juego en el momento que el equipo local anota el gol del empate 1 a 1 no puedo reanudar el juego ya que se originan disturbios entre ambas parcialidades, en el sector del pulmón, donde se arrojan con distintos elementos, sin poder observar quien inicia dichos disturbios…”.
Estando el juego detenido y tratando de persuadir a las parcialidades de que depongan la actitud observa que “…una persona tirada en el piso (dentro del terreno de juego) cerca del sector de los disturbios, después nos informan que esta persona era el Sr. Nieto Fabricio DT del club Quiroga…”, teniendo en cuenta lo sucedido se dirigió al jefe del Operativo Of. Subinspector Basso Federico el cual le manifiesta que no le daría las garantías para continuar con los 3 minutos de juego que restan por lo que procedió a suspender el encuentro.
Lo informado por los dos asistentes y el Cuarto Arbitro los cuales lo hacen en igual sentido que el Árbitro del encuentro ratificando sus dichos.
Lo informado en fecha 22/01/23 por el jefe del operativo Of. Subinspector Basso Federico el cual le manifiesta: “…Tal es así que el partido fue desarrollado y finalizado con normalidad, al cual se le adiciono por parte del árbitro Martin Moreno la totalidad de siete minutos…”, “…y que pasado cuatro minutos realiza un gol por lo cual empata al equipo contrario, club Atl. El Fortín, tal así las cosas que la hinchada del club Atl. El Fortín comenzó a ponerse hostil tanto con los jugadores como para la hinchada local produciendo todos tipo de insultos y agravios…”, además manifiesta que con los efectivos presentes se acercan a la parcialidad visitantes a tratar de deponer la actitud y que en ese momento desde el exterior del estadio a la altura donde se encontraba la parcialidad visitante ingresa un proyectil el cual impacta en la región dorsal izquierda del Sr. Nieto Fabricio el cual fue trasladado a la guardia del nosocomio local para ser examinado.
Este tribunal con fecha 01/02/23 solicita ampliación de informe policial del encargado del operativo de seguridad del día 22/01/23 sobre si se iniciaron actuaciones respecto a Fabricio Ezequiel Nieto; si se pudo establecer la identidad del o los agresores y se acompañe el precario medico del facultativo de guardia del nosocomio local de F. Quiroga. A lo que se produce informe con fecha 07/02/23 donde manifiesta:”…que con respecto si se pudo establecer la identidad del o los agresores informo a usted que NO se pudo establecer quien fue o quiénes fueron los agresores ya que en el momento que la hinchada del Club Atl. El Fortín sale del estadio y se encuentran fuera de éste, es ahí que arrojan el elemento que impacta sobre la humanidad del DT…” Agrega que no se puede visualizar porque el estadio está cercado por un tapial de placas. Además adjunta el certificado del médico tratante Dr. Mario Valinotti el cual manifiesta:”…siendo las 20.00 hs. atendí en el hospital local a Fabricio Nieto, quien aduce haber recibido un ladrillazo en region dorsal izquierda. Presenta pequeño traumatismo, RX sin lesión ósea…”. Se iniciaron actuaciones caratuladas LESIONES LEVES
ART. 89. Denunciante Oficio Policial.
Se incorpora al Expte el descargo del Club Atl. Quiroga con fecha 31/01/2023.
Se incorpora al Expte el descargo del club Atl. El Fortin con fecha 30/01/2023.
Y CONSIDERANDO:
Que ha quedado demostrado que hubo desorden durante el desarrollo del partido de 1º división entre Atl. Quiroga VS. Atl. El Fortín, disputado el día 22/01/23 en el estadio del club Atl. Quiroga.
Que asimismo surge según lo informado por los cuatro árbitros designados a dicho encuentro que a los tres minutos de juego se detiene el encuentro ya que parte de la hinchada visitante se encontraba trepada a la valla perimetral, por lo cual se informa al encargado del operativo. Que mientras se disputaban 4 minutos de suplementario al segundo tiempo, momento en que el club Atl. Quiroga empata el partido no se pudo reanudar el juego ya que había disturbios entre ambas hinchadas, pulmón mediante, no pudiendo individualizar quien inicio dichos disturbios, se observan corridas y que lanzaban con distintos objetos, uno de los cuales impacta en una persona que se encontraba dentro del campo de juego, quien a posteriori resultara ser el DT del club Atl. Quiroga Sr. Nieto Fabricio. Consultado el jefe del operativo este le manifiesta a la terna arbitral que no se encontraban las condiciones de seguridad para culminar el partido, por lo que se procede a suspender el mismo.
Que asimismo surge según lo informado por el jefe del operativo de seguridad el cual manifiesta que al momento de empatar el club Atl. Quiroga observa que la hinchada del Club Atl. El Fortín comenzó a ponerse hostil tanto con los jugadores como con la hinchada local produciendo todo tipo de insulto y agravios para luego subirse al cerco alambrado del estadio donde continuaban incitando a la pelea. Que en un momento detrás de donde se encontraba la hinchada de Atl. El Fortín fuera del estadio ingresa por el aire un elemento contundente el cual golpea al Sr. Nieto. Surge además en la ampliación de informe que le solicito este Tribunal al jefe del operativo que no se pudo individualizar quien o quienes fueron los agresores ya que al momento que la hinchada del Club Atl. El Fortin sale del estadio y se encuentra fuera de este, es ahí que arrojan el elemento que impacta al Sr. Nieto. Que mediante Oficio Policial se iniciaron actuaciones caratuladas Lesiones Leves Art. 89.
Que asimismo surge del Certificado Médico solicitado que el Sr. Nieto Fabricio ingreso a las 20.00 horas en el nosocomio local de F. Quiroga, el cual fue atendido por el Dr. Mario Valinotti el cual constata que presente pequeño traumatismo en región dorsal izquierda sin lesión ósea.
El Tribunal tiene dicho antes de ahora, y es tradicional jurisprudencia, que los informes elaborados por los árbitros y sus asistentes, constituyen semiplena prueba de lo que en ellos contienen y que solo mediante el aporte de prueba fehaciente en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna.
El art. 80 del R.T.P. establece que corresponde multa y hasta pérdida de partido, según la gravedad del hecho, al club cuyas parcialidades ubicadas en el lugar que les fuera asignado promuevan desórdenes, arrojen cualquier clase de proyectiles, agreda por cualquier medio a jugadores o árbitros. Y, además, que si como consecuencia de los supuestos indicados se impidiere la iniciación del encuentro o su prosecución se podrá dar por perdido el partido al club responsable. Que no obstante lo dispuesto por los párrafos precedente, (agrega los últimos dos párrafos del mismo artículo) el Tribunal de disciplina podrá declarar perdido el partido al equipo del club responsable, o a los dos equipos si existiera culpa concurrente, cualquiera sea el tiempo jugado y la cantidad de goles señalados. Las sanciones previstas en este artículo, se aplicaran a cualquier hecho producido antes, durante o después del partido, dentro o fuera del estadio.
Por lo expuesto precedentemente SE RESUELVE:
Dar por finalizado el partido y por Art. 80 anteúltimo párrafo dar por perdido el partido a AMBOS clubes Atl. Quiroga y Atl. El Fortín. Establecer por Art. 152 el resultado de Atl. Quiroga 1 (uno), Atl. El Fortín 0 (cero) y Atl. Quiroga 0 (cero), Atl. El Fortín 1 (uno).
Aplicar al Club Atl. El Fortín MULTA de DOS FECHA por v.e. 50 cada una por Art. 80 Inc. “a”, “b”, “d”, “g”, Art. 83 Inc. “b”, Art. 132 y Art. 150 del R.T.P.
Aplicar al Club Atl. Quiroga MULTA de DOS FECHA por v.e. 50 cada una por Art. 80 Inc. “a”, “b”, Art. 132 y Art. 150 del R.T.P.
Publíquese, Notifíquese y Regístrese.
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